Dice Luis Segovia Lòpez, magistrado jubilado:
"Todos los españoles somos iguales ante la ley, menos... los aforados. Son aquellas personas que en vez de la instrucción y enjuiciamiento penal de sus actos por los jueces y tribunales ordinarios (juez de instrucción y Audiencia Provincial del lugar del delito) conocen los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de las correspondientes Comunidades o el Tribunal Supremo (TS). Los diputados y senadores igual que el presidente y miembros del Gobierno de la nación siempre ha existido su aforamiento al TS.Pero actualmente existe una proliferación de aforados junto a jueces, fiscales y fuerzas armadas, al ampliarse a los parlamentarios de las asambleas legislativas y al presidente y consejeros de gobierno de las diecisiete CCAA; más los vocales del CGPJ, Defensor del Pueblo, homólogos de las CCAA y Delegados del Gobierno; nos podemos preguntar ¿pero en España existe alguna autoridad que no esté aforada?".
Explicando lo que es un aforado:
Un aforado es aquel miembro que por su condición política o rango, tiene fuero o privilegios en materia de jurisdicción. Los miembros de las cortes tienen privilegios jurídicos que son inviolabilidad inmunidad.
La inviolabilidad, en boca del Tribunal Supremo: "es un privilegio de naturaleza sustantiva que garantiza la irresponsabilidad jurídica de los parlamentarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, entendiendo por tales aquellas que realicen en actos parlamentarios y en el seno de cualquiera de las actuaciones de las Cortes Generales o, por excepción, en actos parlamentarios exteriores a la vida de las Cámaras siendo finalidad específica del privilegio asegurar a través de la libertad de expresión de los parlamentarios, la libre formación de la voluntad del órgano legislativo al que pertenezcan (STC 9/1990)" Un claro ejemplo de esto es el caso en el que Magdalena Álvarez animó a que el diputado Andres Ayala, le dijera fuera del hemiciclo la acusación de filtrar el informe del accidente de Spanair. Este privilegio, se ha creído tradicionalmente, que para el buen desempeño de la función controladora de los partidos políticos que no están en el poder, se necesita de la inviolabilidad para expresarse lo más libremente posible, incluso rozando lo delictivo, con el fin de no limitar el uso de la palabra.
La inmunidad, en boca de nuevo del tribunal supremo "es una prerrogativa de naturaleza formal que protege la libertad personal de los representantes populares contra detenciones y procesos judiciales que puedan desembocar en privación de libertad, evitando que, por manipulaciones políticas, se impida al parlamentario asistir a las reuniones de las Cámaras y, a consecuencia de ello, se altere indebidamente su composición y funcionamiento (STC 90/1985)" He aquí, lo más llamativo de la condición de aforado. Esto sirve, por tanto para evitar, por ejemplo el caso de que algún dirigente político, se dedicara a denunciar continuamente a un adversario con el fin de que se le detenga y usar esto como arma política, y por ende contra la voluntad popular.
El problema es que al final ese privilegio está sirviendo para dejar impunes delitos de malversación, de corrupción, para que algunos estén por encima del bien y del mal, y en definitiva para que haya una casta por encima de los simple mortales.
Pues esto yo no lo veo mal....
ResponderEliminarDepende como se use.
ResponderEliminarEstá claro que un politico puede sufrir falsa denuncias y bloquear su correcto desempeño del puesto, pero el problema es lo que aprovechan, lo razonable para delinquir con total impunidad.